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El juzgado contencioso administrativo estima así el recurso interpuesto por el Gobierno de Navarra por incumplimiento de la Ley de Símbolos
Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Pamplona, emitida recientemente, obliga al Ayuntamiento de Baztan a retirar la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca de la fachada de su Casa Consistorial, en cumplimiento de la Ley de Símbolos.
Se estima así el recurso interpuesto por el Gobierno de Navarra contra la actuación del Ayuntamiento de Baztan al constatar que en el exterior del edificio que alberga la sede municipal, así como en el interior del mismo, ondeaba la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca.
El escrito recoge en sus fundamentos que “no es preceptivo el previo requerimiento por parte de la Administración Foral”, tal y como alegaba el consistorio baztanés, ya que la legislación local “no lo configura como una previa exigencia, sino como una facultad por parte de la Administración Foral, es decir, que queda a su arbitrio realizarlo”. Cabe señalar que el Ayuntamiento de Baztan no niega la obligatoriedad de cumplir la Ley de Símbolos, sino que no fue debidamente requerido para ello.
La sentencia condena igulamente al consistorio al pago de las costas causadas en dicho procedimiento judicial, y establece que contra ella se podrá interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
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