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Las entidades sociales pueden pedir hasta el 20 de diciembre el sello "Socialmente Comprometido" para sus proyectos viernes, 05 de diciembre de 2014


Los ciudadanos y empresas que apoyen económicamente estas iniciativas certificadas por el Gobierno de Navarra tendrán una serie de incentivos fiscales


Las entidades sociales sin ánimo de lucro de Navarra pueden solicitar hasta el próximo 20 de diciembre el sello “Socialmente Comprometido”, que concede el Gobierno foral a proyectos del ámbito de los servicios sociales, la atención a la discapacidad, la cooperación al desarrollo o la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Con estos certificados, correspondientes al año 2014, el Departamento de Políticas Sociales reconoce la importancia social de estas iniciativas y concederá incentivos fiscales a los ciudadanos y empresas que las apoyen económicamente.

Como novedad, este año podrán obtener el sello “Socialmente Comprometido” no solo proyectos específicos, que tienen un objetivo concreto, sino también proyectos globales, es decir, aquellos que agrupan varios proyectos específicos y diferentes actividades realizadas por una entidad para el cumplimiento de sus fines estatutarios.

Las solicitudes deben presentarse, en los impresos establecidos y con la documentación necesaria, en la sede del Departamento de Políticas Sociales (calle González Tablas, número 7, de Pamplona), así como en el resto de registros del Gobierno de Navarra y en los lugares previstos por la Ley 30/1992.

Requisitos de las entidades y de los proyectos

Según las bases de esta convocatoria, regulada por una orden foral del consejero de Políticas Sociales publicada en el Boletín Oficial de Navarra de hoy viernes, pueden presentarse aquellas entidades sin ánimo de lucro o declaradas de utilidad pública, con domicilio social en Navarra o delegación permanente en la Comunidad. Entre sus fines debe figurar el trabajo expreso en servicios sociales, atención a la discapacidad, cooperación al desarrollo o promoción de la igualdad entre hombres y mujeres.

Además, entre otros requisitos, estas entidades deberán tener una antigüedad mínima de dos años con actividad efectiva y demostrable, hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no incurrir en ninguna de las prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.

En el caso de la antigüedad, están exceptuadas de cumplir este requisito las coordinadoras de asociaciones constituidas para dar soporte a entidades de poco tamaño o presencia, siempre que, al menos el 90% de ellas, cumplan la condición de la antigüedad y actividad efectiva.

Por su parte, los proyectos para los que se solicite el sello “Socialmente Comprometido” deberán comenzar en 2014 y podrán finalizar bien este año o en sucesivos si tienen un carácter plurianual, hasta un máximo de tres años.

Tienen que ser proyectos sociales organizados y dirigidos desde Navarra, y su ámbito de actuación puede ser regional o internacional. Deberán estar orientados a la investigación o a prestar servicios, recursos y apoyos a personas en los ámbitos referidos anteriormente de los servicios sociales, la atención a la discapacidad, la cooperación al desarrollo o la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Obtención del sello

Para conceder el sello, el Departamento de Políticas Sociales valorará la capacidad de la entidad (financiera, operativa e implantación en Navarra), la calidad del proyecto (coherencia interna, cofinanciación, transparencia, sostenibilidad y participación) y la pertinencia o alienación con las prioridades del Departamento y la incidencia en el ámbito social correspondiente.

Para ello concederá una puntuación máxima de 15 puntos para el primer apartado, 45 para el segundo y 40 para el tercero. Para la lograr el sello, será necesario obtener al menos 75 puntos, con un mínimo del 50% en cada uno de los grupos.

Incentivos fiscales

Las personas físicas que apoyen con sus donativos a proyectos con el sello “Socialmente Comprometido” tendrán derecho a deducir de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) un 40% de las cantidades donadas, con límite del 30% sobre su base liquidable.

Por su parte, las personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades contarán con dos beneficios. Por un lado, tendrán la consideración de partida deducible las cantidades donadas o satisfechas en virtud de convenios de colaboración con las entidades. Por otro lado, tendrán derecho a practicar una deducción de la cuota líquida del 20% de su importe. El importe de la partida deducible en la base imponible no podrá exceder el 30% de la base imponible previa y el 3 por mil del importe neto de la cifra de negocios.

En ambos casos, estos beneficios fiscales son incompatibles con otros establecidos en la Ley Foral de 1996. Igualmente, las entidades beneficiaras de las aportaciones y donaciones deberán certificar su destino a los proyectos socialmente comprometidos e informar a la Hacienda Tributaria de Navarra para su control.


Nota de prensa:

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Gobierno de Navarra

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