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Gobierno y Parlamento organizan una jornada para impulsar los informes de impacto de género



miércoles, 20 de enero de 2016


La experta en fiscalidad María Mazos ha defendido la revisión de la tributación conjunta en el IRPF por razón de igualdad entre hombres y mujeres


Oficina de Hacienda.

Este mañana se ha celebrado en el Parlamento de Navarra la jornada Análisis de la Reforma Fiscal y Presupuestos desde la perspectiva de género, sentido y obligación de los informes de impacto de género, organizada por el Instituto Navarro para la Igualdad y el Parlamento de Navarra. Ha sido impartida por la experta en fiscalidad, María Pazos.

La ponente ha sido presentada por Mertxe Leranoz, directora gerente del INAI y Teresa Sáez, presidenta de la Comisión de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, ha estado dirigida a personas vinculadas al Parlamento y al Gobierno de Navarra con responsabilidades en temas jurídicos y económicos, y ha incidido en la necesidad de definir qué son los informes de impacto de género, en la obligación de llevarlos a cabo por imperativo legal (su elaboración es ordenada, tanto en la legislación estatal como en la de Navarra), y en las razones de su eficacia y sentido para avanzar en el desarrollo de políticas de igualdad.

Según el Acuerdo del Gobierno de Navarra, de 16 de mayo de 2011, el informe de impacto por razón de sexo es un documento de carácter administrativo que acompaña a los anteproyectos y proyectos de normas, planes y programas, que debe mostrar de forma razonada y objetivamente justificada, mediante los correspondientes datos, los efectos que el contenido de la norma, plan o programa, de ser aprobado, tendrá sobre la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Su objetivo es el análisis e incorporación de la perspectiva de género en los anteproyectos de leyes forales, los proyectos de decretos forales legislativos y los proyectos de disposiciones reglamentarias, programas o planes del Gobierno de Navarra.

Deberá ser elaborado por el Departamento o centro directivo que propone el anteproyecto o proyecto de norma, plan o programa y deberá acompañar a la propuesta desde el inicio del proceso de tramitación.

Este mismo acuerdo recoge que las discriminaciones existentes, en muchas ocasiones, responden no tanto al sexo de las personas como a las desiguales condiciones de hombres y mujeres en la sociedad. Esta cuestión se denomina

discriminación por razón de género y conlleva que los informes de evaluación de impacto, lo sean tanto por razón de sexo como por razón de género.

Revisión de la fiscalidad

La experta en fiscalidad María Mazos ha defendido la revisión de la tributación conjunta en el IRPF por razón de igualdad entre hombres y mujeres. A su juicio, el sistema fiscal actual favorece la permanencia de las mujeres en el hogar o en la economía sumergida (sin derechos), algo que opera especialmente mediante el mecanismo de la tributación conjunta, un mecanismo fiscal que premia, desgravando sus impuestos, al marido cuya mujer se queda en casa.

Posteriormente, -ha afirmado- cuando la mujer sale a trabajar porque ha encontrado un empleo, la nueva tributación que esa familia se ve obligada a pagar por los nuevos ingresos es muy alta en relación a la que abonaban previamente. Eso hace que en muchos casos, sobre todo si el marido tiene una renta alta y a la mujer se le ofrece un trabajo con poca renta, a ella no le salga a cuenta salir a trabajar. Esto produce mujeres económicamente dependientes y, en muchas ocasiones, un futuro de pobreza para ellas, ya que en caso de una separación, se quedan sin ingresos, sin empleo, y sin una pensión de viudedad digna, fruto de no haber cotizado a la Seguridad Social el tiempo suficiente.

Según explica María Pazos, este mismo “regalo envenenado” sucede con las excedencias por maternidad, una medida que produce un impacto muy negativo en la vida laboral de la mujer. En muchas ocasiones, las mujeres no vuelven a situarse en el empleo igual que antes y pierden oportunidades y ascensos en unos años laboralmente fundamentales.

No por nada, -ha señalado- en países como Suecia, se vio la importancia de que todas las personas fueran económicamente independientes, y en 1971 se abolía la tributación conjunta y se eliminaba el permiso de maternidad, que era sustituido por un permiso igualitario para hombres y mujeres, intransferible y pagado al 100%. Unas políticas que se completaron con la universalización de la educación infantil pública desde los 0 años y de la asistencia de personas dependientes. (Suecia apoya esta última medida frente a las prestaciones por cuidados en el entorno familiar, que producen también una enorme presión para que las mujeres abandonen el trabajo).


Nota de prensa:

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