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Convocadas ayudas por importe de 67.500 euros a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas martes, 05 de abril de 2016


Se otorgan por la realización de programas de prevención y erradicación de enfermedades de los animales


El director general de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería ha dictado una Resolución por la que se aprueba la convocatoria de la subvención a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas por la realización de programas sanitarios de prevención, lucha y erradicación de enfermedades de los animales del año 2016. El gasto aprobado es de 67.500 euros y el plazo de presentación de solicitudes de un mes.

Serán beneficiarias de estas subvenciones las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas que tengan la condición de PYME, que estén inscritas en el Registro de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de Navarra y que cumplan los requisitos de las bases reguladoras de las subvenciones estatales.

La concesión de la ayuda se realizará mediante el cálculo de un importe medio por punto, resultante de la división del total de la cuantía de la partida presupuestaria que corresponda distribuir entre las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas (ADSG) cada año, entre el cómputo total de de puntos de baremo de todas las solicitudes presentadas. El importe total correspondiente a cada ADSG se obtendrá multiplicando ese importe medio por el total de puntos que haya obtenido la correspondiente agrupación. Para percibir el importe de la subvención concedida, las ADSG beneficiarias deberán presentar, antes del 1 de noviembre de cada año, la documentación que se detalla en el artículo 12 de la Orden Foral 230/2015, de 5 de junio.

Ganado de razas no autóctonas

Por otra parte, hasta el 18 de abril se puede solicitar la ayuda a las asociaciones de criadores de ganado de razas no autóctonas para las labores de gestión de los libros genealógicos en el desarrollo de programas de control de rendimiento y en otros aspectos relacionados con la genética, la reproducción y la mejora de la calidad y gestión de la explotación.

El cálculo del máximo de gasto elegible se realizará con los indicadores de actividad realmente ejecutados a 31 de diciembre del año anterior al de la presentación de la correspondiente solicitud de ayudas, según la relación de indicadores.

El importe de la subvención es el resultante de aplicar a los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad los siguientes porcentajes: 100% de gastos de gestión de libro genealógico y 70% de gastos de control de rendimiento para asociaciones de criadores de razas catalogadas como de la Unión Europea o de terceros países.


Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

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