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El Gobierno propone redefinir las incompatibilidades de los altos cargos para conjugar participación pública y derecho al trabajo

miércoles, 20 de abril de 2016


Ha acordado, en su sesión de hoy, mostrar su disconformidad con la proposición de ley foral del Parlamento para modificar la actual normativa 


El Gobierno de Navarra propone redefinir las incompatibilidades de los altos cargos para conjugar la participación pública y el posterior derecho al trabajo una vez que finalizan su servicio público y apuesta realizar esta actuación en el marco de la elaboración del Código Ético previsto en el acuerdo programático para la formación del Ejecutivo foral.

El Gobierno de Navarra hace estas consideraciones en el acuerdo, aprobado hoy, en el que manifiesta su disconformidad con la proposición de Ley Foral del Parlamento sobre incompatibilidades de altos cargos, que propone que se amplíe el plazo de prohibición de desarrollar actividades derivadas de su labor anterior de 2 a 10 años, y que se supriman las prestaciones económicas, denominadas “cesantías”, establecidas ahora durante un máximo de 24 meses. El Gobierno resalta que la solución no es la mera ampliación del periodo de limitación de actividades por encima de los dos años, ni suprimir cualquier retribución compensatoria.

Por el contrario, el Gobierno de Navarra considera que “la necesaria modificación de nuestra actual legislación de incompatibilidades debería afectar no sólo a su ámbito temporal, sino también debería revisar, actualizar y profundizar en la descripción y regulación de su ámbito material y sustancial”. Así, el Ejecutivo propone realizar una nueva definición de las actividades que han de ser limitadas o sometidas a control o a régimen de autorización. Para ello, se deberá regular, y con ello evitar, tanto las conductas ahora incontroladas como las llamadas “puertas giratorias”, mediante las que se logra un beneficio privado por una participación previa en lo público, como también evitar la realización de actividades privadas que queden fuera de la normativa actual y que escapan de la limitada definición de la actual normativa.

En este sentido, el Ejecutivo destaca que el Acuerdo Programático dispone que se deberá aprobar un Código Ético que supere la legislación actual de Código de Buen Gobierno y de Incompatibilidades, definiendo qué conductas se consideran inadecuadas, y estableciendo un procedimiento sancionador, instruido y resuelto por un órgano independiente del Gobierno.

El Gobierno apuesta por una modificación de la LF de incompatibilidades que ahonde en el concepto de incompatibilidad, pero que lo haga de forma proporcional y estableciendo límites, con el fin de que nadie se aproveche de lo público para lo privado, pero que por otro lado también propicie que las personas más capacitadas puedan optar sin ningún temor a los puestos de mayor responsabilidad en la gestión de lo público.

En este sentido, propone que un Comité de Evaluación quien examine la normalidad de la relación profesional y laboral que un algo cargo se proponga llevar a cabo tras finalizar su labor pública, y en que pueda sopesar también la incidencia de límites cualitativos en las expectativas de retribuciones e ingresos que puedan derivarse de la actividad que se someta a consideración.

Normativa vigente y proposición del Parlamento

Esta proposición del Parlamento supondría una modificación de la LF 19/1996, de 4 de noviembre, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno de Navarra y de los altos cargos de la Administración de Navarra. Cabe recordar que esta LF 1996 regula un régimen de prohibición de realización de actividades privadas relativas a expedientes sobre los que se haya dictado resolución en el ejercicio de su cargo, y de celebración de contratos de asistencia técnica, de servicios o similares con las Administraciones Públicas durante los dos años siguientes a la fecha de su cese. Además, esta norma regula un sistema de prestaciones económicas a las que, con un máximo de 24 mensualidades, los miembros del Gobierno y los altos cargos tienen derecho a partir del día siguiente de su cese, así como un complemento de carácter personal en el caso de que las personas que desempeñen estos cargos sean funcionarios, retribuciones diseñadas para compensar las limitaciones de contratar señaladas.


Nota de prensa:

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