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El CHN gestiona el Registro Civil electrónico de más de la mitad de los recién nacidos en este centro lunes, 13 de marzo de 2017


Un total de 2.770 bebés han sido inscritos por esta vía desde octubre de 2015, el 53% de los nacimientos registrados en el centro hospitalario


El CHN realiza la inscripción en el Registro Civil de más de la mitad de los recién nacidos en el centro.

La posibilidad de tramitar electrónicamente la inscripción de recién nacidos en el Registro Civil a través del Complejo Hospitalario de Navarra (CHN) es utilizada ya en el 53% de los nacimientos que tienen lugar en este centro sanitario. Un total de 2.770 bebés han sido registrados por esta vía, del total de 5.200 nacimientos que se han producido desde que el CHN comenzó a ofrecer la posibilidad de realizar esta gestión, en octubre de 2015, hasta el pasado 31 de enero.

El CHN ejerce una función mediadora en la realización de este trámite, al encargarse de remitir por vía electrónica los datos requeridos para el Registro Civil de los recién nacidos. Muchos progenitores evitan así tener que hacer gestiones presenciales para inscribir a sus hijos e hijas, con la ganancia en comodidad que eso supone.

En el CHN, este servicio funciona mediante cita previa, que se oferta a las pacientes en su habitación cuando se les entrega la partida de nacimiento. En esta cita se les indica hora y despacho al que deben dirigirse (Secretarías de la primera o segunda planta del Hospital Materno-Infantil). Para poder completar las inscripciones, es necesario identificarse con DNI, NIE o pasaporte original y, en el caso de que los progenitores estén casados, deben también aportar el Libro de Familia o el certificado de matrimonio.

La mayoría de los trámites realizados hasta ahora se han llevado a cabo mediante comunicación telemática con el Registro Civil Municipal de Pamplona (un total 2.171), seguidos a más distancia de los efectuados a través del Juzgado de Paz del Valle de Egüés (79). El resto, se han realizado en los juzgados de paz de otros 71 municipios de Navarra (462) y en los registros civiles de Tafalla (40), Aoiz (10), Estella (6) y Tudela (2).

Más cómodo y seguro

Para poder realizar la inscripción del recién nacido en los Juzgados de Paz o Registros Civiles, los padres y madres disponen normalmente de un plazo de ocho días naturales desde el nacimiento del bebé. Si hacen uso de la inscripción telemática desde el centro hospitalario, pueden irse en el momento de alta con este trámite ya realizado y solo deben acudir al Registro Civil o a su Ayuntamiento en caso de que deseen cumplimentar el Libro de Familia.

Los registros de recién nacidos desde los centros sanitarios deben realizarse dentro de las primeras 72 horas del nacimiento. El trámite consiste en el envío telemático mediante la aplicación informática ANDES de la documentación requerida a los Registros Civiles o Juzgados de Paz, que realizarán la inscripción y enviarán a los padres Certificado Literal de Nacimiento por correo ordinario o por correo electrónico, según decidan.

Los y las profesionales encargados de realizar estos trámites están habilitados mediante DNI electrónico, certificado electrónico o claves de seguridad para acceder a la aplicación ANDES, el sistema informático de gestión segura de inscripciones registrales del Ministerio de Justicia.

Además de resultar más cómodo para los padres y madres, el nuevo método de inscripción ha conllevado la incorporación de mejoras en los medios probatorios de identificación y filiación de los y las menores, al incluir entre los datos de registro medidas biométricas, médicas y analíticas, como las huellas plantares del bebé y las dactilares de la madre. Estos datos acompañan al formulario que debe enviarse dentro de las 72 horas posteriores al nacimiento, firmado por los padres y madres, que incluye el nombre del niño o niña y su nacionalidad, así como el parte de nacimiento firmado electrónicamente por el facultativo o facultativa que ha asistido al parto.

La posibilidad de mediación de los centros sanitarios en el Registro Civil electrónico de recién nacidos está incluida en el plan de modernización del Ministerio de Justicia y amparada en la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

Excepciones

Cabe distinguir los casos en los que se puede realizar este trámite desde el hospital y los casos en los que sigue siendo necesario que los progenitores acudan en persona al registro correspondiente. En la actualidad, se pueden realizar en los centros hospitalarios de Navarra registros de recién nacidos dependientes de matrimonios (deben presentar el Libro de Familia o Certificado de Matrimonio), parejas no casadas, dos madres casadas con certificado de concepción “in Vitro”, madres solteras o extranjeros de la misma nacionalidad.

No se puede realizar la comunicación telemática desde el hospital en casos de madres divorciadas o separadas, viudas, menores de edad, extranjeros de diferente nacionalidad, renuncia de la madre al hijo, dos madres no casadas (tienen que hacerlo en el Registro Civil, porque el trámite es idéntico al de una adopción) o progenitores empadronados en distintos pueblos.


Nota de prensa:

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