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Convocadas ayudas por excedencia para el cuidado de hijos e hijas y familiares por importe de 550.000 euros viernes, 31 de marzo de 2017


El presupuesto destinado a estas subvenciones en 2017 es un 22% mayor que el del pasado año,  en el que se concedieron 450.000 euros


El departamento de Derechos Sociales ha convocado ayudas por valor de 550.000 euros destinadas a personas trabajadoras que se encuentren  en situación de excedencia para  el cuidado directo, continuo y permanente de hijos e hijas menores de edad o de familiares de primer grado mayores de edad por enfermedad o accidente sobrevenido.

El presupuesto destinado a estas ayudas en 2016 fue de 450.000 euros, lo que supone un incremento del 22% en 2017.  Esta cantidad se dedicó a atender un total de 147 solicitudes, 26 para el cuidado de familiares adultos y 121  para el cuidado de menores.

Tal y como recoge la convocatoria, recientemente publicada en el BON, se trata de ayudas económicas directas, de pago periódico, y que podrán ser compatibles, de manera parcial, con las ayudas para la dependencia.

El plazo para su solicitud es hasta el 2 de mayo en caso de excedencias ya iniciadas en el momento de la publicación de esta convocatoria en el BON. En el resto de los casos, el plazo será de 30 días naturales, contados desde el día que se inicie la excedencia. En cualquier caso, la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes será el 2 de noviembre de 2017.

La concesión de las ayudas se evaluará de manera individualizada, por orden de presentación de las solicitudes, siempre que exista presupuesto para ello. En caso de agotarse el presupuesto, serán desestimadas.

Importes de las ayudas

Las ayudas serán de 645,30 euros al  mes cuando la excedencia sea para cuidar de hijos e hijas menores, o menores en situación de acogimiento o tutelados, que hayan sufrido un accidente grave que requiera hospitalización y cuidado directo, continuo y permanente, durante la convalecencia o posteriormente.

También será de 643,30 euros mensuales cuando la excedencia se solicite para cuidar a familiares de primer grado adultos que sufran una enfermedad grave o un accidente grave, siempre que requieran hospitalización y  cuidado directo, continuo y permanente durante la enfermad o el accidente y/o posteriormente.

Por otro lado, se concederán ayudas de 450 euros al mes en los siguientes casos:

-  En caso de nacimiento del segundo o sucesivo hijo o hija, cuando éste u otro de los descendientes padezca una discapacidad de, al menos, el 33% o una, y al menos uno de los menores miembros de la unidad familiar, distinto al nacido sea menor de 6 años (o de 9 años en caso de estar en situación de dependencia).


- Para el cuidado de hijos o hijas menores de edad por causa de nacimiento, cuando sea el tercer hijo o hija o sucesivos, y al menos dos de los menores miembros de la unidad familiar, incluido el nacido sean menores de 6 años.


- Para adopciones o acogimientos con duración prevista superior a un año.


- En caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples.


Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

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