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Regulada la presentación de candidaturas a la dirección de ocho centros públicos de FP martes, 04 de abril de 2017


La provisión se realizará por el sistema de libre designación, y la documentación se podrá entregar hasta el 28 de abril


El consejero de Educación ha firmado una Orden Foral por la que se regula la provisión, por el sistema de libre designación, de las directoras y directores de los centros integrados (Formación Profesional) públicos dependientes del Gobierno de Navarra.

La principal novedad de esta convocatoria es el sistema de libre designación. Navarra cuenta en la actualidad con 16 centros integrados de formación profesional, y en esta convocatoria se nombrará la dirección de ocho de ellos.

Para poder participar en las convocatorias para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de directora o director de un centro integrado, las y los aspirantes deberán poseer los siguientes requisitos: ser personal funcionario de carrera dependiente orgánica y funcionalmente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, tener una antigüedad de, al menos, tres años como funcionario o funcionaria de carrera en la función pública docente y estar prestando servicios para el Departamento de Educación; haber impartido docencia directa como funcionario o funcionaria de carrera, durante un periodo de, al menos, tres años, en enseñanzas de formación profesional en un centro público de formación profesional de Navarra (con el profesorado de la especialidad de Orientación Educativa se considerará a estos efectos el haber ejercido las funciones propias de su especialidad como funcionario de carrera durante un periodo de igual duración en un centro público de Navarra que oferte enseñanzas de formación profesional del sistema educativo); presentar un proyecto de dirección; presentar propuesta de nombramiento, aceptada por las personas interesadas, del resto de componentes del equipo directivo, y, en el caso de presentar candidatura a la dirección de un centro integrado que imparta la totalidad de las enseñanzas en modelo D, estar en posesión del título EGA o equivalente.

El Servicio de Recursos Humanos remitirá copia de cada una de las solicitudes recibidas y de la documentación al centro integrado de formación profesional. Una vez recibida la documentación la directora o el director del centro convocará sendas reuniones extraordinarias del consejo social y del claustro del profesorado del centro, cuyo único punto del orden del día será la consulta sobre las candidaturas presentadas.

Una vez recibidos los informes preceptivos del centro, el director general de Educación analizará la documentación aportada por los aspirantes y podrá convocar, si se considera necesario a las personas candidatas para que realicen una defensa de su proyecto de dirección. Tras el análisis y evaluación, el director general de Educación procederá a la designación, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad, designación que será comunicada a la persona interesada. La Dirección General de Educación trasladará la resolución de la designación a la Dirección del Servicio de Recursos Humanos del Departamento, al objeto de que realice el nombramiento.

Las personas designadas serán nombradas directores o directoras por un periodo de cuatro años. El director o directora formulará propuesta de nombramiento del resto de componentes del equipo directivo.

En ausencia de candidatos idóneos o en ausencia de candidaturas, el director general de Educación designará director o directora a una persona funcionaria docente de de carrera, por un periodo máximo de cuatro años.

El nombramiento de las directoras y directores podrá renovarse por periodos de cuatro años sucesivos, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de cada uno de los períodos y previa presentación de una Memoria de Dirección, relativa al trabajo desarrollado como director o directora en el último periodo de ejercicio de dicho cargo.


Nota de prensa:

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