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El Servicio de Inspección Tributaria ejercerá las siguientes funciones:
a) La elaboración, propuesta y ejecución de los planes de Inspección Tributaria.
b) La participación en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Control Tributario en colaboración con el resto de los Servicios.
c) La elaboración de objetivos, indicadores de actividad y evaluación de resultados correspondientes al Servicio y la elaboración de la memoria del mismo.
d) La gestión de las Actas de Inspección recibidas de otras Administraciones Tributarias.
e) La prestación de labores de auxilio judicial, cuando le sean requeridas.
f) El impulso de los expedientes de delito contra la Hacienda Pública y la coordinación de las relaciones en esta materia con la Asesoría Jurídica del Gobierno de Navarra, Fiscalía y órganos judiciales.
g) La participación, en coordinación con el Servicio de desarrollo normativo y asesoramiento jurídico, en la tramitación de las discrepancias entre Administraciones con respecto a la domiciliación de los contribuyentes.
h) Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor o le sea encomendada por la Dirección Gerencia de la Hacienda Foral de Navarra.