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En el caso de trabajos en el Sector de la construcción habrá de tenerse en cuenta además:
Disposición Adicional Primera del R.D. 171/2004 Aplicación en las obras de Construcción.
Obligaciones del personal trabajador autónomo:
Artículo 12 del R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE Nº 256, de 25/10/97).
Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción (Texto correspondiente al Artículo 12).