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Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente

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31005- Pamplona (Navarra)
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desbordamiento Arga

Desbordamiento del Arga, enero 2010

El territorio de la Comunidad Foral de Navarra se ha visto afectado en por bastantes episodios de inundaciones. Esta circunstancias ha generado una creciente preocupación por parte de la Administración foral, en especial los Servicios Economia Circular y Cambio Climático, Protección Civil, y Ordenación del Territorio y Urbanismo, que han acometido una serie de iniciativas orientadas a la valoración y análisis del problema, así como al conocimiento de las medidas necesarias a adoptar en el futuro para reducir los daños generados por las inundaciones.

En este sentido, desde el año 2000 se ha acometido la redacción de estudios de Delimitación de zonas inundables y ordenación hidráulica de los siguientes ríos de la Comunidad Foral:

Dichos estudios comprenden un total de 1030 km correspondiendo a los principales ríos de Navarra y sus afluentes, salvo el eje del Ebro, que fue abordado por la Confederación Hidrográfica del Ebro en un estudio más amplio en 2005.

Los resultados cartográficos de este trabajo están a disposición del público, bien para poder descargarse en formato digital, bien para consultarlo en el visor cartográfico en IDENA

Los mapas de peligrosidad resultado de estos estudios han sido facilitados para formar parte del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.

La ordenación de los usos en zonas inundables es una tarea primordial para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra con el propósito de prevenir los riesgos de las inundaciones, garantizar al máximo la seguridad de las personas y los  bienes, así como minimizar en lo posible las consecuencias negativas para el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, asociadas a este tipo de riesgos naturales. 

El Real Decreto Legislativo 1/2001, 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, establece en su artículo 11 que las Comunidades Autónomas podrán establecer normas complementarias de las limitaciones que, por considerarlas necesarias, el Estado haya establecido en el uso de zonas inundables para garantizar la seguridad de las personas y los bienes.

La Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en  los artículos 94.1 c) y 94.2 considera suelo no urbanizable de protección los terrenos que estén amenazados por riesgos naturales como inundación.

El 11 de enero de 2008, se aprobó el Real Decreto 9/2008 por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con objeto de dotar a la Administración hidráulica de una herramienta de gestión que le permita actuar eficazmente contra estos efectos nocivos asociados a las inundaciones.

A los efectos de la aplicación de la citada normativa, dentro de la zona inundable, que está constituida por el cauce de los ríos y arroyos y por sus llanuras de inundación, hay que distinguir el dominio público hidráulico, la zona de flujo preferente (definida a partir de la avenida de periodo de retorno de 100 años) y la zona inundable por episodios extraordinarios (fijada por la avenida de 500 años). En todos estos elementos se introducen criterios generales para su protección ambiental, garantizando, asimismo, la protección de las personas y bienes y la protección del régimen de corrientes en avenidas. De esta forma, también se da cumplimiento a las exigencias de la Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo.

El Gobierno de Navarra dentro del desarrollo de los POT (Planes de Ordenación Territorial de Navarra), el documento de planificación espacial de mayor escala existente, incluye dentro de su contenido normativo unos criterios de ordenación urbanística de las zonas inundables en uso de la competencia que le otorga el art. 11 de la Ley de Aguas. En los POT se incluyen criterios relativos a la zonificación de áreas inundables y usos admisibles en las mismas en suelos urbanos, urbanizables y/o no urbanizables, así como en el suelo no urbanizable de protección.

Gobierno de Navarra

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