Seguidores solares en Miranda de Arga.
Deben contar con Autorización de Apertura las actividades de titularidad pública o privada, ubicadas en suelo no urbanizable, que no resulten ejecutables completamente con la Autorización de Afecciones Ambientales y requieran continuidad en el tiempo.
El promotor que desee solicitar la Autorización de Apertura se dirigirá al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente con la siguiente documentación:
A la vista de la documentación que se haya aportado, además de la inspección, que en su caso, se realice, el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, resolverá respecto a la Autorización de Apertura.
La Resolución y notificación se realizará en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la solicitud. En caso de no emitirse en el plazo establecido, se entenderá otorgada por silencio positivo.
En la Resolución se podrá establecer la devolución de la fianza que habrá sido requerida en la Autorización de Afecciones Ambientales.
Se realizarán traslados de la Resolución, además de al promotor, al Ayuntamiento donde se ubique la actividad.