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Qué deben hacer las empresas

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Las empresas, asesoradas por sus servicios de prevención, deben evaluar el riesgo de disconfort/estrés térmico, teniendo en cuenta las condiciones ambientales (en especial las temperaturas extremas), las características de la tarea y factores individuales de las personas trabajadoras expuestas al calor.

A partir de la evaluación de riesgos se planificarán todas las medidas preventivas necesarias para garantizar la protección de la población trabajadora expuesta al calor.

Si, mediante la aplicación de estas medidas, no se puede garantizar la protección de las personas trabajadoras al aire libre, se evitarán determinadas tareas durante las horas del día en las que sucedan fenómenos meteorológicos adversos, pudiendo llegar, incluso, a una reducción o modificación de las horas de la jornada, durante las alertas de nivel naranja o rojo emitidas por AEMET.

Gobierno de Navarra

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