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Navarra vivienda

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Características

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La vivienda protegida con destino al alquiler es aquella que -cumpliendo los requisitos establecidos de superficie, diseño, habitabilidad, destino, uso, calidad y precio de renta máximo- reciba además la calificación correspondiente para acogerse a un régimen de protección pública.

Es decir, la vivienda protegida con destino al alquiler tiene una limitación de precio de renta, de modo que tal precio resulta ser inferior al de la vivienda libre en el mercado. Además, el inquilino puede percibir una subvención que disminuye el precio de la renta. Esta reducción del precio de renta de la vivienda protegida va en función de los ingresos que percibe el inquilino. Por tanto, son los inquilinos que obtienen menos rentas quienes tienen derecho a una subvención pública mayor.

Las viviendas de protección oficial podrán calificarse en régimen de propiedad, en régimen de arrendamiento, en régimen de arrendamiento con
opción de compra y en régimen de cesión de uso. Las viviendas de precio tasado únicamente podrán calificarse en régimen de propiedad. Para acceder a cualquiera de estas modalidades de uso es necesario cumplir con unos requisitos mínimos determinados y por la aplicación del baremo correspondiente a la solicitud.

Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) son actualmente las únicas viviendas protegidas que se pueden destinar al alquiler. Este tipo de viviendas pueden tener una superficie útil igual o inferior a 90 metros cuadrados, o a 120 metros cuadrados si se destinan a familias numerosas.

Las Viviendas de Precio Tasado (VPT) únicamente pueden ser alquiladas por sus propietarios al precio máximo que marca anualmente el Gobierno de Navarra. Sin embargo, desde que ha entrado en vigor la nueva Ley Foral de Vivienda 10/2010 ya no es posible la promoción de VPT con destino al arrendamiento.


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