En el caso de que el inquilino incumpla sus obligaciones legales o contractuales, el arrendador podrá acudir a una acción de resolución contractual o desahucio de finca arrendada.
En función de cuál del motivo que origine el desahucio, se aplica un cauce procedimental u otro:
- Si el motivo del desahucio es el impago de rentas u otras cantidades debidas por el arrendatario o la extinción del plazo contractual, el procedimiento que se aplica es el juicio verbal. Constituye uno de los procedimientos judiciales civiles que actualmente existen gracias a las modificaciones introducidas recientemente.
- Si el motivo del desahucio es distinto a los anteriores, por ejemplo, subarriendo o cesión inconsentidos, daños en vivienda u otro incumplimiento contractual, el desahucio se dirimirá por juicio ordinario, cuya tramitación es mas larga que el juicio verbal.