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Contabilidad de la Comunidad de Propietarios

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El control de ingresos y gastos de la Comunidad de Propietarios se registra en el Libro de Cuentas donde hay que llevar las anotaciones de los ingresos recibidos, cuotas de propietarios, derramas, fondo de reserva e ingresos de otras actuaciones si los hubiere (alquileres de locales, viviendas, cubierta, vallas publicitarias, etc.) y los gastos ocasionados, sueldo de empleados, Administrador, limpieza, etc.

La Comunidad de Propietarios ha de pagar el IVA en el caso del recibo de luz, mantenimiento de ascensor, limpieza y contratación de servicios profesionales en general: administrador ajeno a la Comunidad de Propietarios, abogados, etc.

  • En las facturas que se repercutan a la Comunidad de Propietarios ha de quedar perfectamente reflejado el coste del servicio y su correspondiente IVA.
  • Asimismo, en el caso de que la Comunidad realice alguna actividad sujeta a IVA, como el alquiler de locales, viviendas, cubierta, vallas publicitarias, etc., debe emitir las correspondientes facturas con IVA.
  • En este caso, la Comunidad ha de realizar la declaración trimestral del IVA (cuatro, por tanto, al año) e ingresarlo en Hacienda, y una declaración anual, resumen de las cuatro anteriores.
  • Asimismo, la Comunidad de Propietarios puede deducirse el IVA en su declaración, siempre y cuando también lo genere (siempre que el servicio que lo generó tenga relación con la actividad que realice la Comunidad).

Habitualmente, cuando un edificio se divide en régimen de propiedad horizontal quedan perfectamente descritas cada una de las viviendas, plazas de garaje y trasteros. Pero es posible encontrarse con que, por ejemplo, el garaje sea una sola finca por la que se gire un único recibo de contribución. Este recibo ha de pagarlo la Comunidad de Propietarios, y repercutir la cantidad correspondiente a cada propietario.


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