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La Ley Foral 17/2010 reconoce derechos específicos a los colectivos de menores, enfermos mentales, personas discapacitadas, personas con enfermedades crónicas, con procesos terminales, personas transexuales (Ley Foral 12/2009) o extranjeras y de todos los colectivos vulnerables a una atención personalizada y adecuada a sus circunstancias personales.