Los fuegos artificiales en suelo rústico colindante con suelo urbano requerirán en Navarra un informe previo de la Dirección General de Interior
miércoles, 18 de julio de 2007El consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez, en sustitución del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, ha firmado una Orden Foral en la que se establece que se podrán llevar a cabo espectáculos públicos de fuegos artificiales en suelo rústico colindante con suelo urbano, atendidas las características y las circunstancias que se puedan darse, así como las medidas de prevención adoptadas por el promotor, previo informe favorable emitido por la Dirección General de Interior del Gobierno de Navarra.
La citada Orden Foral ha sido aprobada teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones que se pueden dar en la práctica del empleo de material pirotécnico y considerando la oportunidad de permitir, de forma excepcional, dicha práctica en ciertas ubicaciones concretas en suelo rústico, donde la autoridad responsable garantice adecuadamente la seguridad frente al incendio forestal.
La Orden Foral, que se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial de Navarra, especifica que el preceptivo informe favorable que emita la Dirección General de Interior considerará las características del lugar y su entorno, las circunstancias concurrentes que pudieran contribuir a la iniciación y propagación de un incendio, así como las medidas preventivas adoptadas por el promotor.
La autorización del lanzamiento, de acuerdo con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, corresponderá, como hasta ahora, a los Ayuntamientos en cuyos términos municipales se proyecte el lanzamiento.