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Se adapta la estructura de algunas unidades en lo relativo a las nuevas tecnologías
El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto Foral por el que se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia. Concretamente, se adapta la estructura y distribución organizativa de algunas unidades en lo relativo al área de las nuevas tecnologías.
En el Decreto Foral se subraya la exigencia de implantación de la administración electrónica, tarea a la que se debe destinar una unidad orgánica con plena dedicación. También se destaca la necesidad de dedicar una unidad orgánica específica a los proyectos y funcionalidades de la Hacienda Tributaria de Navarra.
Así, se modifican los artículos 84, 85 y 86, y se añade un nuevo artículo 89 bis.
El artículo 84 se refiere al ámbito material y funcional del Servicio de Sistemas de Información Corporativos, y en él se detallan las funciones que ejercerá, en relación a materias como la implementación de las herramientas necesarias; la inteligencia tecnológica; la integración de las diferentes funcionalidades instrumentales; la planificación, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter horizontal de la Administración; planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter vertical o departamental de las áreas de Hacienda y Política Financiera; gestión del Catálogo de Servicios de la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones e Innovación Pública; coordinación interna; establecimiento de las líneas estratégicas evolución en materia tecnológica de los sistemas de información, y difusión y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones en su área de competencia.
El artículo 85 hace referencia a la estructura del Servicio de Sistemas de Información Corporativos y sus diferentes secciones.
También se modifica el artículo 86, que se refiere al ámbito material y funcional de la Sección de Administración Electrónica.
Finalmente, se añade el artículo 89 bis, sobre el ámbito material y funcional de la Sección de Proyectos de Sistemas de Información en las Áreas de Hacienda y Política Financiera.
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