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Nueva convocatoria de subvenciones a entidades locales para intervenciones en el patrimonio arqueológico y paleontológico

miércoles, 06 de septiembre de 2017


Con estas nuevas ayudas, la Dirección General de Cultura busca apoyar económicamente el trabajo de las entidades locales en la recuperación, conservación y divulgación de su patrimonio cultural


Villa romana de Arellano.

La Dirección General de Cultura ha puesto en marcha una convocatoria subvenciones a entidades locales para intervenir en el patrimonio arqueológico y paleontológico, destinadas a la realización de excavaciones y prospecciones arqueológicas en la Comunidad Foral de Navarra.  De esta forma se recuperan las ayudas en esta materia, que no han sido convocadas desde 1997 y con las que se apuesta por el trabajo de las entidades locales en la recuperación, conservación y divulgación de su patrimonio cultural.

A través de esta convocatoria se pretende financiar hasta un 70 % del presupuesto de estas intervenciones, posibilitando y contribuyendo a la consolidación de acciones que en los últimos años han realizado diversas entidades locales. El interés y preocupación de los municipios por su patrimonio arqueológico los ha convertido en importantes agentes dinamizadores.

La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los puntos obtenidos fruto de la aplicación de los criterios de valoración indicados en las bases reguladoras de la convocatoria, que tiene una dotación de 60.000 euros.

¿Qué entidades locales pueden beneficiarse de las ayudas?

Podrán beneficiarse de estas ayudas las entidades locales de Navarra que promuevan intervenciones arqueológicas en su ámbito territorial, siempre y cuando dispongan en el momento de pedir esta subvención de la autorización de intervención arqueológica-paleontológica que la Dirección General de Cultura otorga para la realización de excavaciones y prospecciones arqueológicas en Navarra.

También deben acreditar mediante cualquiera de los medios de prueba admitidos en Derecho, la previa autorización de la persona titular del terreno sobre el que se pretenda desarrollar la intervención arqueológica, y acreditar haber obtenido el resto de las autorizaciones, licencias y permisos que requiera la actividad.

Actividades y gastos subvencionables

La convocatoria considera subvencionables los siguientes tipos de intervenciones arqueológicas: prospecciones arqueológicas/paleontológicas de superficie en cualquiera de sus tipos, sondeos arqueológicos/paleontológicos, excavaciones arqueológicas/paleontológicas, reproducción y estudio directo del arte rupestre, consolidación, restauración, restitución y protección de bienes inmuebles de valor arqueológico/paleontológico.

Exceptuando las excavaciones, las actividades subvencionables se considerarán como intervenciones programadas o de urgencia. Todas ellas deberán realizarse durante 2017.

Por su parte, los gastos subvencionables responderán a alguno de los siguientes conceptos: gastos de personal que se dedique a la realización en campo de la actividad subvencionada, gastos corrientes destinados directamente a la realización de la actividad arqueológica-paleontológica, al alquiler de equipos, la adquisición de materiales, consumibles, etc., siempre que estén dedicados específicamente a la intervención; gastos destinados al cierre, protección y/o recuperación de yacimientos o restos arqueológicos-paleontológicos excavados, las dietas y desplazamientos del personal interviniente, los costes indirectos que se realicen de forma efectiva y resulten necesarios para la realización de la intervención,

Presentación de solicitudes

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el Registro del Departamento de Cultura, Deporte y Juventud (C/Navarrería, 39, 31001 Pamplona), en cualquiera de los lugares de presentación que establece la Ley, o en el Registro General Electrónico, a través de la siguiente página web del Gobierno de Navarra. Para tramitar las solicitudes a través de registro electrónico, será necesario disponer de la correspondiente firma electrónica.

Salvo en el supuesto en que la presentación se efectúe a través del Registro General Electrónico, la documentación que se aporte junto con la solicitud deberá presentarse en papel y en soporte digital, de cara a facilitar su tramitación y valoración.


Nota de prensa:

Si desea descargarse en formato PDF esta información completa pinche aquí .

Gobierno de Navarra

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