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Regulada la convocatoria de elecciones a los Consejos Escolares de los centros públicos de Enseñanzas Artísticas

viernes, 02 de noviembre de 2007

Una Resolución de la directora general de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz, ha aprobado las instrucciones que regulan la convocatoria de elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los centros públicos de Enseñanzas Artísticas. Las medidas afectan a las Escuelas de Arte de Pamplona y Corella, al Conservatorio Superior de Música de Navarra y al Conservatorio Profesional de Música Pablo Sarasate.


El Consejo Escolar estará formado por algunos miembros no electos como el director/a del centro, que ejercerá de presidente/a, el jefe/a de Estudios y el secretario/a. También se integrarán en él representantes del profesorado, delegados de los padres, madres o tutores, miembros del sector de los alumnos y representantes del personal de Administración y Servicios.



Se incluirá, además, un concejal del Ayuntamiento en cuyo término se halle radicado el Centro y un padre o madre representante de la Asociación de Padres y Madres de Alumnos (APYMA) más representativa. Así mismo, en el caso de las Escuelas de Arte, cuando se impartan en ellas ciclos formativos correspondientes, al menos, a dos familias profesionales, la Junta Electoral solicitará a la organización empresarial más representativa en el ámbito de acción de la Escuela, la designación de un representante que tendrá voz, pero no voto, en el Consejo Escolar. Estos últimos se renovarán cada dos años; esto es, cada vez que se renueva una de las mitades del Consejo.



Previa a la convocatoria de elección y renovación parcial de Consejos Escolares en estos centros, los directores elaborarán el censo electoral de cada sector de la comunidad educativa. Organizarán después el sorteo público de los componentes, titulares y suplentes de la Junta Electoral que se constituirá en acto público a partir del 2 de noviembre y estará compuesta por el director/a del centro, que será su presidente, un profesor/a, un alumno/a mayor de 12 años, un padre, madre o representante legal y un representante del personal de Administración y Servicios.



El día de las votaciones se constituirán las Mesas Electorales previstas para profesores, alumnos y personal de Administración y Servicios, las cuales presidirán la votación, velarán por la corrección del sufragio y realizarán el escrutinio. La Mesa Electoral del sector del profesorado estará integrada por el director del centro, quien actuará como Presidente, el profesor de mayor antigüedad y el de menor antigüedad en el centro, que actuará como secretario de la Mesa. La Mesa Electoral del sector de padres y madres incluirá al director del centro, que ejercerá las funciones de presidente, y a cuatro padres, madres o representantes legales designados por sorteo, de entre quienes el de menor edad será secretario. Por su parte, la Mesa Electoral del sector del alumnado estará integrada por el director y dos alumnos elegidos por sorteo (el de más edad desempeñará las funciones de como secretario). Finalmente, la Mesa del sector del Personal de Administración y Servicios estará integrada por el director, el secretario del centro y el miembro con más antigüedad de este personal. Si el número de electores es inferior a cinco, la votación se realizará ante la Mesa Electoral del profesorado, en urna separada.



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