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Educación convoca subvenciones para obras de mejora en centros escolares y escuelas municipales de música

martes, 26 de febrero de 2008

El Departamento ha aprobado una convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos y concejos de Navarra para realizar proyectos de mejora, ampliación y remodelación de los edificios e instalaciones escolares de carácter público de los niveles educativos de 2º Ciclo de Infantil, Primaria, mixtos de Primaria-ESO y Escuelas de Música municipales.


Podrán acogerse las entidades locales, municipios o concejos titulares de estos edificios, y serán subvencionables aquellos proyectos que se realicen durante el año 2008, de obras de mejora, ampliación o remodelación de los edificios o instalaciones de centros de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, mixtos de Educación Primaria-ESO y Escuelas de Música municipales.


También serán subvencionables aquellas obras realizadas en 2007 que no fueron objeto de subvención en el año anterior, y excepcionalmente podrán serlo también las obras realizadas en el ejercicio 2007 con carácter urgente y de obligado cumplimiento. Los gastos habituales de mantenimiento o reparaciones ordinarias de las instalaciones no son objeto de estas ayudas.


Los porcentajes de subvenciones dependen del tipo de centro o de la actuación particular a que van destinadas. Así, las obras en centros de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Escuela de Música podrán recibir hasta un máximo del 65% del importe del proyecto. No obstante, cuando se produzcan circunstancias que hiciesen urgente la ejecución de las obras y exista dificultad financiera del Ayuntamiento o Concejo para llevarlas a cabo, el porcentaje de subvención podrá ser de hasta un 80% del presupuesto.


Las obras en dependencias o instalaciones comunes o de uso compartido en centros mixtos de Educación Primaria-ESO podrán recibir hasta un máximo del 80% del importe de la obra y aquellas realizadas en dependencias o instalaciones de uso y destino exclusivos para la ESO, pueden obtener un 100% del presupuesto. Finalmente, cuando se trate de instalaciones cuyo uso sobrepase las necesidades estrictamente escolares, por ser de interés municipal-social, el porcentaje de subvención sólo podrá alcanzar un 50% de la inversión. En caso de concurrir ayudas de otras Administraciones públicas, éstas se deducirán de la cantidad asignada por el Departamento de Educación. Las subvenciones individuales concedidas en ningún caso superarán el 1.000.000 €.


Las solicitudes deberán ser presentadas por los representantes legales de las respectivas Entidades Locales, por lo que cualquier petición promovida dentro de la Comunidad Educativa (directores de centros, profesorado, asociaciones de padres y madres, etc.,) deberá ser canalizadas a través de ellos.


Las instancias se dirigirán al Servicio de Obras y Mantenimiento del Departamento de Educación e irán acompañadas de un ejemplar del proyecto técnico actualizado y memoria valorada o presupuesto de las obras; documento acreditativo de la propiedad de los edificios o terrenos en donde se proyectan realizar o el contrato de arrendamiento; el Acuerdo municipal de aprobación de las obras; un certificado del secretario en el que se haga constar la existencia de dotación económica suficiente para afrontar su coste en la cuantía que corresponda; un informe favorable del Consejo Escolar del centro; un compromiso de que la entidad local asumirá los posteriores gastos de funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones escolares objeto de subvención; y un compromiso de asumir los gastos derivados de los posibles traslados de los profesores y alumnos a locales provisionales mientras duren las obras.


Los técnicos del Servicio de Obras y Mantenimiento del Departamento de Educación podrán realizar cuantas visitas de inspección de obras consideren convenientes, en el transcurso de las mismas y a su finalización.



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