(ir al contenido)

Logotipo navarra.es

Castellano | Euskara | Français | English

Herramientas para el contenido

Compártelo

  • Meneame
  • Delicious
  • Twitter
  • Google
  • Facebook

Ver más noticias de este día

Aprobado el proyecto de ley foral que contiene las medidas fiscales y financieras de apoyo a la inversión previstas para hacer frente a la crisis económica

lunes, 21 de julio de 2008

El Gobierno de Navarra ha aprobado hoy el proyecto de ley foral que contiene las medidas de rebaja fiscal y de apoyo financiero a la inversión y lo remite al Parlamento de Navarra para su tramitación.


El proyecto de ley foral recoge aquellas medidas ya anunciadas por el Ejecutivo el pasado mes de junio dentro del paquete de actuaciones contra la crisis económicas y que, por su calado, precisan de cambiar la normativa vigente en materia tributaria de IRPF e Impuesto de Sociedades para poder ser aplicadas.


El proyecto de Ley Foral de medidas para la reactivación de la economía de Navarra 2009-2011 es una herramienta para tratar de frenar la crisis económica que se suma a las noventa actuaciones de infraestructura y obra pública ya recogidas por el “Plan Navarra 2012”, consensuado con el Partido Socialista de Navarra y aprobado por el Parlamento de Navarra el 23 de mayo de 2008.


Los cambios introducidos en el IRPF


En lo que a la actual normativa de IRPF hace referencia, las propuestas del proyecto de ley foral buscan, por un lado, fomentar la rehabilitación de viviendas en Navarra durante el periodo 2009 a 2011; y, por otro, reducir la carga fiscal a través del IRPF para las rentas más bajas que pagan impuestos.


Así, se procede a flexibilizar el concepto de rehabilitación de vivienda habitual, aumentando la cuantía de las deducciones hasta ahora vigentes (tramo general pasa de 15% a 18%; en familias del 18% al 21%; y en familias numerosas del 30% al 33%) e introduciendo un especial incentivo (2% de deducción añadida) cuando las obras de rehabilitación incluyan mejoras de eficiencia energética.


Por otro lado, se modifica la deducción por trabajo, aplicando el criterio de progresividad del tributo, con cuatro tramos para el cálculo de la deducción (actualmente son tres), persiguiendo siempre incrementar la renta disponible de las familias.


En el primer tramo se sitúan los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 9.100 euros, en relación con los cuales la deducción aumenta de los actuales 850 euros hasta los 1.290 euros incrementándose, por tanto, en 440 euros.


En el segundo tramo se emplazan los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo entre 9.100,01 y 10.600 euros. La deducción por trabajo de estos sujetos pasivos partirá de un máximo de 1.290 euros e irá disminuyendo hasta un mínimo de 1.140 euros en función de restar de la cantidad de 1.290 euros el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre el importe de dichos rendimientos netos y 9.100 euros.


En el tercer tramo están los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 10.600,01 y 45.800 euros. La deducción por trabajo de estos sujetos pasivos partirá de un máximo de 1.140 euros e irá disminuyendo hasta un mínimo de 700 euros en función de restar de la cantidad de 1.140 euros el resultado de multiplicar por 0,0125 la diferencia entre el importe de dichos rendimientos netos y 10.600 euros.


En el cuarto tramo se encuentran los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 45.800 euros, los cuales aplicarán una deducción de 700 euros. A diferencia de ello, es preciso destacar que en la normativa actual aplican esta deducción fija de 700 euros los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 10.600 euros.


En lo que se refiere a los trabajadores en activo con minusvalía, la deducción pasa de 1.500 a 1.750 euros cuando se acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100, mientras que los trabajadores en activo que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100 aplicarán una deducción de 3.250 euros, que mejora la actual de 3.000 euros. En definitiva, se incrementa en la cantidad de 250 euros la deducción de estos trabajadores, teniendo en cuenta que en la actualidad el importe de su deducción también es una cantidad fija.


Cambios en el Impuesto de Sociedades


En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, el proyecto de ley foral aprobado hoy procede, en primer lugar, a triplicar la cuantía unitaria de los elementos susceptibles de ser amortizados libremente, pasando desde los 600 euros a los 1.800 euros.


Junto a ello, se el proyecto de ley foral introduce una modificación al alza el coeficiente de amortización acelerada para las pequeñas empresas (Pymes), pudiendo multiplicar los coeficientes previstos en la tabla de amortización por 2, en lugar del 1,5 previsto hasta el presente momento.


Finalmente, en materia financiera, el proyecto autoriza al Gobierno de Navarra, al amparo de lo previsto en el artículo 75 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, a otorgar avales por un importe máximo de 30.000.000 euros, con el fin de facilitar la financiación de inversiones centradas en determinados sectores de la actividad económica.



Gobierno de Navarra

Contacte con nosotros | Accesibilidad | Aviso legal | Mapa web