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El Departamento de Educación regula la atención a la diversidad en Navarra


miércoles, 20 de agosto de 2008

La Comunidad Foral se convierte así en la primera comunidad autónoma española que reglamenta los procedimientos, recursos y medidas de este servicio


El Departamento de Educación ha elaborado una normativa con rango de Orden Foral que regula la atención a la diversidad en los centros educativos de Navarra. Su importancia deriva de varios logros esenciales: deroga toda una cantidad de normativa dispersa que queda ahora refundida; el texto define y sistematiza, por primera vez, los principios, procesos de escolarización y recursos que se dedicarán en Navarra a la Atención a la Diversidad; da validez oficial a varios programas que venían implantándose de un modo no reglado; regula los programas de Currículo Adaptado (PCAs) para el alumnado de ESO que presenta desajustes de conducta e inadaptación; y faculta al Departamento para diseñar nuevos programas destinados a combatir el innegable problema del absentismo escolar.



Con esta norma, Navarra se convierte en la primera Comunidad Autónoma que ha regulado la atención a la diversidad. Con objeto de garantizar su difusión, el Departamento de Educación la ha publicado en su página web, lo que ha incrementado enormemente las visitas de técnicos y profesores de otras comunidades autónomas que, si bien disponen de programas aislados para dar una respuesta a dicha necesidad, no han regulado aún este servicio educativo.



Filosofía y principios que animan la atención a la diversidad



La “atención a la diversidad” se refiere a un alumnado muy diverso: alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos generales de conducta, alumnos con altas capacidades intelectuales, alumnos de incorporación tardía al sistema educativo por motivos de inmigración y alumnos en condiciones socioeconómicas desfavorables. A todos ellos hay que dotar de los recursos educativos adecuados para que puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado en las distintas etapas educativas.




La atención a la diversidad es una necesidad que abarca todas las etapas educativas y a todo el alumnado, establecido como principio en el preámbulo de la Ley Orgánica de Educación. Esta filosofía es compartida por el Departamento de Educación, que se esfuerza en desarrollar un sistema educativo flexible que sepa procurar medidas adecuadas a las distintas aptitudes, necesidades, intereses y ritmos de maduración de los alumnos y alumnas.



Como se ha adelantado, uno de los aspectos más significativos del nuevo texto es que aglutina, en un único documento adecuado a la LOE, las diferentes normativas que existían sobre atención a la diversidad y que se habían ido desarrollando al amparo de la LOGSE. Regula, además, algunos programas educativos que venían implantándose en cursos pasados en determinados centros educativos y que requerían de un marco normativo que los recogiese (programas de acompañamiento escolar en Primaria y Secundaria, y refuerzo y apoyo educativo en Secundaria).



El texto de la nueva Orden Foral está dividido en capítulos, que contemplan separadamente la definición, métodos de identificación, modalidades de escolarización, procedimientos, recursos, programas y medidas específicas establecidas tanto para el alumnado con necesidades educativas especiales, como para el de altas capacidades, el de incorporación tardía o el de condición social desfavorecida.



Las medidas difieren según se apliquen a la Educación Primaria o Secundaria, y son ordinarias –establecidas con carácter general para todos los centros escolares, como la acción tutorial, la opcionabilidad, la permanencia de un curso más en un ciclo o etapa, etc.– o extraordinarias –aquellas que implantan programas específicos en determinados centros y que permiten dar mejor respuesta a la diversidad de las aulas–.




El Plan de Atención a la Diversidad



A él se destina el capítulo II del texto donde se le define como “el documento que recoge el conjunto de actuaciones, adaptaciones del currículo, medidas organizativas, apoyos y refuerzos que un centro diseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar la respuesta más ajustada a las necesidades educativas, generales y particulares, de todo el alumnado. Su elaboración requiere de la reflexión del equipo directivo, los orientadores y el profesorado, que analizará la situación de partida y valorará las necesidades de cada centro, previsibles según su tipo de alumnado y oferta educativa.



El Departamento de Educación dota posteriormente a los centros de los recursos adecuados para la puesta en marcha del Plan de Atención a la Diversidad.



Gobierno de Navarra

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