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Reforzado el Plan de Ordenación de Recursos de Urbasa-Andía miércoles, 07 de septiembre de 2011


La modificación establece la extensión protegida y regula los usos y actividades adaptados a la condición de Zona de Especial Protección


El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy una modificación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de Urbasa-Andía para adaptar los usos y actividades a la condición que tiene este parque natural como Zona de Especial Protección.

Las sierras de Urbasa y Andía constituyen un parque natural desde 1997 y, en consecuencia, están sometidas a un Plan de Ordenación de Recursos Naturales. Más adelante, en 2007, se elevó el nivel de protección de la zona y se designó a la mayor parte del parque como Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Conservación, y se aprobó el correspondiente Plan de Gestión.

Este Plan fija las medidas de conservación necesarias para el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento de un estado de conservación de los hábitats naturales y de las poblaciones de flora y fauna silvestres y autóctonas, en la línea marcada por la Unión Europea y de acuerdo con lo exigido por la Directiva 92/43/CEE del Consejo.

El acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en su sesión de hoy adapta el Plan de Ordenación del Parque Natural Urbasa-Andía al Plan de Gestión de la Zona de Especial Conservación. En este sentido, las modificaciones introducidas atañen a la delimitación de la extensión protegida, que incluye las sierras de Urbasa y Andía, el monte Limitaciones de las Améscoas y el nacedero del Urederra, en total, 20.049 hectáreas.

Se fija también la normativa que regula las ordenanzas relacionadas con actividades y usos en el monte Limitaciones para someterlas a principios de, sostenibilidad de los ecosistemas, su restauración y mejora, y preservación del paisaje y de la diversidad genética.

Además, se introduce la prohibición expresa de instalación de parques eólicos y cualquier otra forma de explotación energética, así como la extracción de hidrocarburos; la prohibición de instalación de campos de golf y de actividades comerciales, excepto puestos de venta de productos artesanales y de refrescos en lugares habilitados y la continuidad de los establecimientos hosteleros propiedad de los vecinos de la zona con autorización del Departamento de Turismo. En el Palacio de Urbasa se autoriza su uso turístico pero se impide cualquier ampliación de la superficie construida. También se autoriza el aprovechamiento forestal en la zona siempre que garantice la conservación y mejora de la masa arbolada, y se prohíbe el pastoreo fuera de las zonas acotadas así como el establecimiento de infraestructuras no relacionadas con la gestión del parque.

 


Nota de prensa:

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