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Aprobado un gasto de 6,7 millones para actividades de los centros tecnológicos y de investigación lunes, 16 de marzo de 2015


Serán objeto de ayuda los proyectos de consolidación, colaboración, coordinación y capacitación


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La convocatoria busca aumentar el nivel de excelencia de los centros.

El director general de Industria, Energía e Innovación ha aprobado la convocatoria de ayudas para actividades de capacitación, consolidación y colaboración de los centros tecnológicos y de investigación radicados en Navarra para el año 2015, y ha autorizado para ello un gasto de 6.709.412 euros. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de marzo.

Los objetivos que se quieren alcanzar con estas ayudas son los siguientes: favorecer la consolidación y la colaboración entre centros mediante la mejora de su competitividad; conseguir un mayor nivel de excelencia y especialización de los centros mediante el desarrollo del conocimiento en productos, procesos o servicios, o con un incremento del volumen de financiación nacional y europea, y mejorar el servicio a las empresas prestándoles un servicio integral y aumentando la colaboración de las empresas con los centros.

Podrán ser beneficiarios los centros tecnológicos y organismos de investigación radicados en Navarra. Los centros deberán asumir compromisos de colaboración y coordinación que se formalizarán en un plan de acción conjunto.

Serán objeto de ayuda los proyectos de consolidación, colaboración y coordinación entre centros, por un lado, y los proyectos de capacitación, tanto de especialización, como tractores, por otro.

Será subvencionable el 100% del coste total de las actividades no económicas para la ejecución del plan de acción conjunto. Se entiende por actividad no económica la definida por la Comisión Europea en el Marco Comunitario de Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), publicado en el DOUE de 27 de junio de 2014. Son subvencionables aquellas actividades de los proyectos desarrolladas durante 2015, incluso las realizadas con anterioridad a la presentación de las solicitudes. Son gastos subvencionables los directamente relacionados con las actividades de investigación y desarrollo.

Las ayudas se concederán a aquellos planes de acción que, una vez evaluados, se compruebe que cumplen con el objetivo de la convocatoria. La concesión de la subvención se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

El Servicio de Innovación y Transferencia del Conocimiento evaluará las solicitudes y elevará propuesta de resolución en la que hará constar que los beneficiarios cumplen todos los requisitos exigidos para acceder a la subvención, que se concederá por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario. El director general de Industria, Energía e Innovación será el órgano competente para resolver sobre la concesión, y en su caso abono, de la subvención. La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.


Nota de prensa:

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