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Se aprueba la convocatoria de ayudas a la producción de cortometrajes y mediometrajes 2015 y 2016 lunes, 22 de junio de 2015


El plazo para concurrir a las subvenciones, dotadas con un importe global de 100.000 euros, vence el próximo 23 de julio


La obra audiovisual se deberá rodar en Navarra, al menos, en un 50%.

La Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana ha aprobado y publicado la convocatoria de subvenciones a la producción de cortometrajes y mediometrajes 2015 y 2016, que recoge las bases reguladoras a las que se deben ceñir los solicitantes y un gasto de 100.000 euros para repartir entre los proyectos subvencionados. El plazo para la presentación de solicitudes y documentación requerida vence el próximo 23 de julio.

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas a la producción de obras de ficción, documental, experimentación o animación, de una duración inferior a 60 minutos, destinadas a su exhibición pública en salas de exhibición de cine, en televisión o plataforma de Internet.

Los proyectos que sean objeto de ayuda deberán iniciar el rodaje antes del 30 de noviembre de 2015 y finalizar el cortometraje o mediometraje antes del 31 de octubre de 2016.

Requisitos del proyecto

Sólo se admitirá un proyecto por empresa o profesional, que deberán reunir los siguientes requisitos: en el caso de que la solicitante sea una persona física, deberá ser la encargada de la dirección del cortometraje o mediometraje. En el caso de ser una empresa de producción cinematográfica, deberá estar establecida en un estado miembro de la Unión Europea e inscrita como productora en el Registro de Empresas Cinematográficas de algún estado miembro de la UE (en el caso de las empresas españolas, debe estar inscrita en el registro del ICAA).

No podrán acceder a las ayudas aquellas propuestas que, en el momento del cierre de la fecha de admisión de proyectos, ya se hayan convertido en películas (y cuentan con la preceptiva calificación), hayan sido estrenadas en sala o exhibidas en festivales cinematográficos.

Además, la persona encargada de la dirección debe ser natural de Navarra o estar empadronada en la Comunidad foral con anterioridad al 1 de enero de 2014, (lo que se justificará con el certificado de empadronamiento).

La obra audiovisual ha de rodarse en Navarra, al menos, en un 50%, y en caso de ser un proyecto de animación, el 50% de los recursos técnicos y humanos deberán estar stablecidos en Navarra.

El proyecto acreditará disponer, al menos, el 30% de la financiación necesaria para cubrir el coste total de su realización.

La Comisión de Valoración podrá admitir, de forma excepcional, proyectos cuyo impacto en el panorama artístico, cultural, económico o su vinculación con la realidad cultural, artística y social de Navarra sean de especial interés. Para su valoración se deberá presentar un escrito razonado de las circunstancias que motivan la aplicación de esta cláusula.

Cuando la ayuda se pretenda para una coproducción, el solicitante deberá tener una participación de, al menos, el 30% de la producción total. En este caso se considerará que el presupuesto del solicitante es la participación en la coproducción.

Ayudas de hasta el 50% del presupuesto y de hasta 30.000 euros

La cuantía de la ayuda para cada proyecto no podrá ser, en ningún caso, superior al 50% del presupuesto aceptado cuando el proyecto se sitúe en un rango de puntuación a partir de 75 puntos, y del 48% cuando la puntuación obtenida esté entre 50 y 75 puntos. El presupuesto aceptado será el resultado del presupuesto presentado por los solicitantes, minorado en el IVA y en las cuantías de actividades que, a juicio del Comité de Valoración, no resulten necesarias para el desarrollo del proyecto. Por otra parte, la ayuda para cada solicitante no podrá superar los 30.000 euros.

Siempre que se cumplan estos límites, la cuantía de la ayuda será la solicitada por los aspirantes, hasta agotarse la consignación presupuestaria.

En el caso de que las disponibilidades presupuestarias se vieran incrementadas a lo largo del ejercicio, o que se liberasen cantidades inicialmente concedidas, se podrá realizar una concesión adicional a aquellos beneficiarios que no hubiesen obtenido subvención, por orden de puntuación obtenida.

Presentación de solicitudes y documentación exigida

Las solicitudes de ayuda se presentarán junto a una memoria descripctiva y una memoria económica del proyecto, y entregarse en el Registro del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (C/Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

Esta documentación debe presentarse en soporte electrónico (CD-Rom o memoria USB). También se presentarán los siguientes documentos:

- En el caso de ser una persona física, DNI del solicitante o certificado de empadronamiento, así como el certificado del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el epígrafe correspondiente a directores de cine (Sección Tercera. Actividades Artísticas, Agrupación 01. Grupo 011 de la Ley Foral 7/1996, de 28 de mayo, Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Artísticas). En el caso de ser una empresa cinematográfica, certificado de que la productora está registrada en un estado miembro de la UniónEuropea (en el caso de España, que esté inscrita en el Registro de Empresas cinematográficas del ICAA).

-Documentación que acredite que el proyecto cuenta al menos con un 30% de la financiación necesaria para cubrir el coste total del mismo. En el caso de que la productora solicitante vaya a realizar el proyecto en coproducción, documentación legal que acredite la coproducción y su porcentaje de participación empresarial.

–Declaración de las ayudas o subvenciones que reciban el resto de las productoras implicadas en la producción para esa misma película, o, en su defecto, declaración de no estar disfrutando de ninguna. Se hará constar igualmente la existencia de solicitudes de ayuda en tramitación.

Los modelos de solicitud, memoria descriptiva y anexos también podrán cumplimentarse y tramitarse a través de la página web de Gobierno de Navarra: https://www.navarra.es/home_es/Servicios/.


Nota de prensa:

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