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Las becas para estudios postobligatorios y universitarios se abonarán a partir del 5 de julio viernes, 30 de junio de 2017


Finalmente se han concedido 5.238 becas y la próxima convocatoria se publicará en agosto


Transcripción textual del video

A partir del 5 de julio se inicia el pago de las becas postobligatorias y universitarias, hasta un total de 3.900.000. El resto de las cantidades, hasta un total de 4.334.000, se hará efectivo tras la tramitación de todas las alegaciones de esta convocatoria, algunas de ellas dependientes, a su vez, de los recursos a las becas del Ministerio de Educación y Ciencia.

El pasado 23 de junio se publicó la Resolución 525/2017, de 16 de junio, por la que se resuelve provisionalmente la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2016/2017. En ella se han resuelto provisionalmente las solicitudes de becas postobligatorias y universitarias. Se trata, por tanto, de la publicación provisional de la convocatoria inicial (Resolución 725/2016 de 20 de octubre y la Resolución 371/2017 de 31 de abril que modificaba la anterior).

Depatrtamento de Educación

Departamento de Educación.

A partir del 5 de julio se inicia el pago de las becas postobligatorias y universitarias, hasta un total de 3.900.000. El resto de las cantidades, hasta un total de 4.334.000, se hará efectivo tras la tramitación de todas las alegaciones de esta convocatoria, algunas de ellas dependientes, a su vez, de los recursos a las becas del Ministerio de Educación y Ciencia.

El pasado 23 de junio se publicó la Resolución 525/2017, de 16 de junio, por la que se resuelve provisionalmente la Convocatoria General de Becas y Ayudas para el alumnado que curse estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2016/2017. En ella se han resuelto provisionalmente las solicitudes de becas postobligatorias y universitarias. Se trata, por tanto, de la publicación provisional de la convocatoria inicial (Resolución 725/2016 de 20 de octubre y la Resolución 371/2017 de 31 de abril que modificaba la anterior).

A la primera convocatoria se presentaron 9156 solicitudes; en la segunda convocatoria, tras la modificación que hacía referencia al requisito de la extemporaneidad, únicamente se presentaron 5 solicitudes, de las cuales solo 2 cumplían los requisitos de la convocatoria.

El caso es que uno de los requisitos exigidos en aquella primera convocatoria exigía la acreditación por parte de las y los solicitantes de haber realizado previamente la inscripción en la Universidad Pública de Navarra y no haber obtenido plaza por diversas razones: porque no existía la titulación, porque no había plazas, no se alcanzaba la nota de corte o no existía la opción lingüística elegida por las o los solicitantes. Es por ello, que al no poderse cumplir este requisito por la extemporaneidad mencionada, el Departamento de Educación modificó la resolución para los que no habían podido acreditar el requisito de haberse preinscrito en la UPNA. Esta modificación afectaba al alumnado de Derecho, GADE, Enfermería, entre otras titulaciones impartidas en la Universidad de Navarra. Solamente afectaba a esta universidad porque este requisito sí se venía exigiendo para acceder a cualquier otra universidad.

De las 9156 solicitudes, 1124 solicitudes (12,28%) corresponden a la Universidad de Navarra, 1.946 (21,25%) a la Universidad Pública de Navarra, 2054 (22,33%) a otras universidades y 4.041 (44,14%) a estudios medios y superiores de FP, curso de acceso a la universidad para mayores de 25, Bachillerato, enseñanzas deportivas, artísticas, idiomas, entre otros. Por tanto, es este último grupo de estudiantes el que más se beneficia de la “convocatoria de estudios postobligatorios no universitarios y estudios universitarios, correspondiente al curso 2016/2017”.

Descuento del MEC a todas las ayudas

Teniendo en cuenta la modificación introducida por la Resolución 371/2017, al alumnado de la Universidad de Navarra se le han aplicado los 4 tramos de renta que se corresponden con los índices multiplicadores de 4,8, 3,5, 2,5 y 1,5 veces el precio público, respectivamente. Al resto de las y los estudiantes que han accedido a otras universidades se les ha aplicado el precio público establecido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En cuanto a la beca del MEC, en esta caso, también al alumnado de la Universidad de Navarra se le ha descontado el importe de la beca concedida por el Ministerio, al igual que se ha venido haciendo con el alumnado que accede a otras universidades públicas o privadas del resto del estado. Por tanto, a todas las becas concedidas por el Departamento de Educación, y que a su vez hayan obtenido beca del Ministerio, se les descontará dicho importe.

En cuanto al presupuesto dedicado a las dos convocatorias asciende a un total de 4.334.104 euros, una partida inicial de 3.634.104, y un incremento adicional de 700.000 euros.

Así pues La resolución el pago de las becas postobligatorias y universitarias se prevé el 5 de julio, hasta un total de 3.900.000. El resto de las cantidades, hasta un total de 4.334.000, se hará efectivo tras la tramitación de todas las alegaciones de esta convocatoria, algunas de ellas dependientes, a su vez, de los recursos a las becas del Ministerio de Educación y Ciencia.

Becas 2017/2018

Por otra parte, el Departamento de Educación ya está elaborando la convocatoria de becas para el curso 2017/2018 que se publicará en agosto, tras la publicación de la convocatoria del Ministerio, requisito legal puesto que se trata de una convocatoria complementaria. Y al igual que sucedía en años anteriores con los solicitantes de becas en otras universidades, también los estudiantes de la Universidad de Navarra deberán justificar que en la Universidad Pública de Navarra no se ofertan los estudios que han elegido, o no han obtenido plaza en los mismos, no han llegado a la nota de corte exigida o no se ofertaba la opción lingüística elegida.

El alumnado que accede a la Universidad de Navarra en el primer curso, al igual que a otras universidades públicas o privadas del resto del estado, deberá, por lo tanto, haber solicitado previamente beca al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o al Gobierno Vasco y justificar, igualmente, su no inclusión en la UPNA por las razones antes mencionadas. Se está trabajando en el índice multiplicador que se aplicará y en los tramos, a quienes, al igual que al resto del alumnado de otras universidades del estado, se le restará la cantidad concedida en la convocatoria del MEC.

En el caso del alumnado de la UPNA, se tendrán en cuenta también los tramos de renta, estableciéndose una gradación en la concesión de las cuantías.

Al alumnado de la Universidad de Navarra que haya iniciado sus estudios previamente y tras la actualización anual de sus datos, se le aplicará un régimen transitorio hasta finalizar sus estudios, durante el cual se mantendrán las condiciones anteriores: índice multiplicador de 4,8, 3,5, 2,5 y 1,5, inclusión del tramo 4 y no obligatoriedad de matricularse en la UPNA. No obstante, a este alumnado, al igual que al resto, se le descontará el importe concedido por el MEC.


Nota de prensa:

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Documentación:
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