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Se ha adaptado tras el dictamen del Consejo de Navarra y su objetivo es homogeneizar los criterios y adoptarlos a los estándares internacionales
El Gobierno de Navarra ha aprobado hoy el decreto foral por el que se establecen los criterios de uso y de expresión gráfica de las denominaciones de los núcleos de población de la Comunidad Foral, cuyo objetivo homogeneizar los criterios y adoptarlos a los estándares internacionales.
En concreto, persigue unificar y regular el uso o de las diferentes denominaciones oficiales en castellano y euskera que se han ido aprobando en aplicación de la Ley Foral del Euskera, así como garantizar el uso correcto de los signos empleados en su escritura.
Así, se establecen unos criterios que rijan el uso de la toponimia oficial, garantizando uniformidad a la hora de ser utilizados por cualquier persona o administración pública. Concretamente, se aplican criterios fijados por las directrices nacionales e internacionales existentes.
El proyecto de decreto, que fue sometido a información pública y validado por la Comisión Foral de Régimen Local y el Consejo Navarro del Euskera, fue remitido al Consejo de Navarra para su dictamen. Tras el mismo, que validaba la totalidad del decreto a excepción de una disposición adicional, el ejecutivo ha tomado en consideración la propuesta del órgano consultivo y ha procedido a su aprobación definitiva.
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