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Un trabajador o trabajadora autónoma no podrá subcontratar trabajos a él o ella encomendados. La empresa que le encarga los trabajos debe vigilar que cumpla la normativa de PRL.
No tienen obligación de redactarlo, es responsabilidad del contratista.
Cuando el promotor contrate directamente trabajadores o trabajadoras autónomas para la realización de la obra o de determinados trabajos de ésta, tendrá la consideración de contratista respecto de los mismos (asumiendo sus obligaciones).
El párrafo anterior no es de aplicación cuando la contratación la realice un cabeza de familia respecto de su vivienda.
Autónomos o autónomas con personal a su cargo, que pretendan ser contratados para realizar trabajos en una obra de construcción, deberán inscribirse.
Cuando no tengan personal contratado no tienen que inscribirse.
No, no obstante, es posible que la persona que les contrata se lo pida como requisito para acceder a la obra.
Manipular el material lo menos posible es la mejor medida preventiva para evitar el riesgo de exposición a fibras de amianto. Por ello, debe:
El amianto es un agente químico tóxico que puede provocar distintas enfermedades, como la asbestosis o el cáncer de pleura. Un tratamiento inadecuado de los materiales que contienen amianto puede ponerle en grave peligro a usted y a quienes tengan acceso, simultánea o posteriormente, al lugar donde se ha realizado la intervención.
Existen empresas especializadas que pueden realizar estos trabajos de manera segura. Para ello, tendrán que estar inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto y realizar los trabajos conforme a un plan de trabajo aprobado por la autoridad competente.