La acción planificadora en materia sanitaria –mediante el establecimiento de orientaciones, fines y objetivos–, resalta hoy día como una exigencia inherente a los sistemas de salud del mundo desarrollado. Por una parte, la necesidad de prever la mejor utilización de los medios en la gestión de los recursos disponibles, y por otra, la obligatoria adaptación e incorporación racional que debe realizarse de los avances de la ciencia y la tecnología sanitaria, hacen que sea un requisito ineludible el enunciar y llevar a término documentos como este segundo Plan de Salud de Navarra. Más allá de la mera obligación legal, la responsabilidad en la administración pública sanitaria impone la elaboración de modelos de planificación como el que nos ocupa, expresión de una forma de trabajar en el futuro conforme a las expectativas que la propia sociedad sea capaz de asumir, conseguir y legitimar. |
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