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Determinadas condiciones individuales, como algunas patologías crónicas, toma de determinada medicación, edad, embarazo, etc, pueden hacer que las personas trabajadoras sean más vulnerables al calor. Por eso, consulte con el personal de vigilancia de la salud de su servicio de prevención si, debido a alguna de estas cuestiones, su puesto de trabajo requiere una adaptación por riesgo de exposición a calor.

Para el control del riesgo de disconfort y estrés térmico, es necesario que las personas expuestas desarrollen las medidas preventivas implementadas por la empresa, siendo de especial importancia, entre otras, aquellas relacionadas con la aclimatación, la ejecución de las tareas más pesadas en las jornadas y horas de menos calor, o la hidratación, incluso sin sensación de sed.

En los trabajos al aire libre, si las medidas desarrolladas por la empresa no garantizan la protección de las personas trabajadoras, podrán evitar determinadas tareas durante las horas del día en las que sucedan fenómenos meteorológicos adversos, pudiendo llegar, incluso, a una reducción o modificación de las horas de la jornada, durante las alertas de nivel naranja o rojo emitidas por AEMET.

Gobierno de Navarra

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