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Creada una Comisión Interdepartamental para transponer la Directiva Comunitaria de libre prestación de servicios por las empresas dentro de la UE

lunes, 29 de octubre de 2007

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de esta mañana un acuerdo para la creación de una Comisión Interdepartamental para la transposición de la Directiva Comunitaria 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la eliminación de barreras que impiden la libre prestación de servicios por parte de las empresas en el mercado interior de la UE.


Como por todos es conocido, la Unión Europea profesa cuatro libertades principales para todos los países que la componen: libertad de circulación para la personas, de movimiento de capitales, de trabajadores y de servicios. Si bien la legislación comunitaria ya ha desarrollado las normas que garantizan las tres primeras libertades, el pasado año 2006 aprobó la citada directiva comunitaria, que los países deben transponer a su legislación en tres años, para que la libertad también sea efectiva para que ciudadanos y empresas, especialmente las Pymes, puedan competir en libertad de mercado e igualdad de condiciones para la prestación de servicios en el mercado interior de la Unión Europea.


Actualmente, muchas normativas locales, regionales e incluso nacionales ponen impedimentos (o condiciones distintas a las requeridas a las empresas locales o nacionales) para la prestación de servicios por parte de miembros de otros países de la Unión Europea. Otro tanto hacen algunas administraciones públicas en relación con la contratación de servicios y suministros al sector privado.


La directiva europea ya citada persigue, en este sentido, tres objetivos: igualar y simplificar los requisitos exigidos a todas las empresas de la Unión Europea, sin importar su país de procedencia; la creación de “ventanillas únicas europeas” a través de las que participar y cumplir con las obligaciones exigidas para estos servicios que deben prestarse en el mercado interior europeo; y ofrecer desde las administraciones públicas esa atención de “ventanilla única” a través de medios electrónicos e internet.


Los trabajos que debe desarrollar Navarra para transponer esta directiva


Con el acuerdo adoptado hoy por el Gobierno de Navarra, por el que se crea una Comisión Interdepartamental, se dan por iniciados los trabajos para transponer esta directiva europea en la Comunidad Foral.


La Comisión Interdepartamental estará presidida por la directora general de Relaciones Institucionales, Lola Eguren Apesteguía, y vicepresidida por el director general de Presidencia, Ildefonso Sebastián Labayen. Asimismo, ostentarán el cargo de miembros de la Comisión los directores generales de Modernización y Administración Electrónica, de Administración Local, y de Desarrollo Internacional. Actuará como secretario, con voz pero sin voto, el director del Servicio de Relaciones con el Parlamento de Navarra y otras Instituciones, José Miguel Gorricho Ochoa.


Los trabajos de esta Comisión se estructurarán en las tres fases que prevé la propia directiva para su transposición:


- primera fase: evaluación de la legislación foral y local potencialmente afectada por la directiva, identificación y eliminación de los requisitos declarados prohibidos por la misma, en colaboración, cuando sea necesario por el carácter de la normativa aplicable, con el Estado. Esta fase deberá concluir con la elaboración de un informe de evaluación en el que se indicará la normativa, de carácter legal o reglamentario, y los procedimientos que deben eliminarse, modificarse o justificarse en la Comunidad Foral. Dicho informe se presentará al Ministerio de Economía y Hacienda que, a su vez, lo elevará a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE). Tras la aprobación del informe de evaluación por la CDGAE, se iniciará la fase de modificación normativa y, al igual que en cualquier proceso de transposición de directiva, se deberá comunicar a la Comisión Europea las normas que transponen la Directiva de Servicios, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.


- segunda fase: simplificación de los procedimientos y trámites necesarios tanto para acceder a una actividad de servicio como para proceder a su ejercicio, que puede ejecutarse de forma simultánea con la fase de evaluación. Esta simplificación implica, entre otras cosas, la prohibición de exigir la exhibición de documentos originales o traducciones compulsadas, salvo por razones de interés general; el establecimiento de la “ventanilla única” de Navarra; y el ofrecimiento vía electrónica de toda la información de servicios y ofrecer la tramitación “on-line” de todos los procedimientos.


- tercera fase: cooperación interadministrativa para realizar las comprobaciones o inspecciones que les solicite otro Estado sobre cualquier empresa, supervisando las actividades de los servicios que se prestan dentro de su territorio, estableciendo mecanismos de alerta ante amenazas de perjuicios graves contra la salud, la seguridad de las personas y el medio ambiente, informando sobre la honorabilidad del prestador de servicios (sanciones administrativas, condenas penales, insolvencias y procedimientos concursales en los que esté incurso el prestador) y, en definitiva, protocolizando y facilitando el intercambio de información entre los Estados miembros.



Gobierno de Navarra

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