(Edukira Joan)

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Igerilekuak zaintzea eta kontrolatzea

Resumen

 

El uso recreativo del agua, en concreto el uso de instalaciones de piscinas, parques acuáticos, centros de hidromasaje o usos terapéuticos puede tener consecuencias negativas para la salud de las personas usuarias y una de las obligaciones de las administraciones públicas es la identificación, la evaluación, la gestión y la comunicación de estos riesgos.
 

Por ello, cada año se desarrolla un Programa de Vigilancia Sanitaria de las Piscinas de Navarra en el que se controlan las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad Foral de Navarra.
 

En este programa se incluyen como piscinas a controlar todas las ubicadas en Navarra, tanto cubiertas como descubiertas, que se encuentren en el ámbito de aplicación del Decreto Foral 86/2018, de 24 de octubre, las ubicadas en los términos municipales de Pamplona y Tudela son controladas por los Servicios Sanitarios de dichos Ayuntamientos, por delegación expresa del Departamento de Salud.
 

El programa se lleva a cabo fundamentalmente mediante la participación del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN), de los Ayuntamientos de Pamplona y Tudela y de la Brigada de Juego y Espectáculos del Cuerpo de Policía Foral, contando además en caso necesario con la colaboración del personal sanitario de los Equipos de Atención Primaria (E.A.P.) de las diferentes Zonas Básicas de Salud donde se ubiquen las piscinas a controlar.
 

En este programa, y teniendo en cuenta la normativa vigente, se fijan tanto medidas de seguridad a cumplir en las instalaciones como los parámetros a controlar, los valores paramétricos a cumplir en el agua de los vasos y la frecuencia mínima de muestreo. Ante incumplimientos de los criterios de calidad, es necesaria la investigación de la causa subyacente y garantizar que se apliquen lo antes posible las medidas correctoras y preventivas para la protección de la salud de las personas usuarias.
 

Pero no solo deberá ser adecuada la calidad del agua sino también la calidad del aire en aquellas piscinas cubiertas, incluidos centros de hidromasaje y piscinas terapéuticas, por lo que se fijan una serie de parámetros básicos operacionales que sirvan al titular de la piscina, para tener una correcta calidad del aire que no produzca riesgos para la salud.
 

Además, el público deberá recibir información suficiente y oportuna sobre la calidad del agua en los vasos de la piscina, las medidas correctoras y preventivas, así como todos aquellos aspectos que afecten a situaciones de incidencias y que puedan implicar un riesgo para la salud de las personas usuarias o que sean de su interés.
 

Palabras clave: Piscina, vaso, vigilancia y control, calidad
   

Acceso al Programa de Vigilancia Sanitaria de Piscinas

Datos 2018


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